Del análisis efectuado desde 2015 hasta 2019, se concluyó que ninguna de las APs bajo responsabilidad de administración del Gobierno Provincial se encuentran funcionando, ya que no cumplen con los requisitos para conseguir el mínimo nivel de implementación. Sólo dos de ellas están cercanas a lograrlo.
En la Provincia de Córdoba existen 30 Áreas Protegidas (APs) que dependen del Gobierno Provincial (ver sección APs). Se distribuyen a lo largo del territorio cordobés y son fundamentales para asegurar la conservación y el manejo sustentable de los ecosistemas que proveen a las poblaciones servicios ambientales vitales. Todas estas áreas fueron creadas a través de algún mecanismo legal, sin embargo, que este instrumento les dé nacimiento, no garantiza que cumplan su finalidad. En la publicación “Situación de las Áreas Protegidas de Córdoba” se analizan 10 Indicadores de base (tomados de metodologías aplicadas a nivel nacional e internacional) que las APs deben alcanzar para expresar el nivel mínimo de implementación, y así poder definir si el Sistema de Áreas Naturales Protegidas de la Provincia está logrando sus objetivos.
¿Qué significa “implementar” un Área Protegida?
De acuerdo a estándares nacionales e internacionales, se puede decir que un AP se encuentra implementada si cumple con una serie de aspectos de Administración, Gestión y Manejo, es decir, si hay esfuerzos reales para efectivizar su funcionamiento con algún grado de éxito en el territorio, y no sea entonces su creación solo una expresión de deseo o un mero papel.
Básicamente los aspectos fundamentales de un AP implementada se pueden resumir en:
* Su declaración mediante un instrumento legal de creación o establecimiento, con los objetivos de creación pertinentes a su categoría de manejo y tipo de administración.
* Estar claramente delimitada en el espacio.
* Poseer (mínimamente) personal capacitado destinado a campo como Guardaparque.
* Tener vehículo, infraestructura y el equipamiento necesario.
* Tener un presupuesto asignado y en ejecución para su funcionamiento.
* Tener una Planificación de sus acciones a futuro.
10 indicadores para conocer el mínimo del mínimo.
Para evaluar los aspectos que describen la Situación de Mínima Implementación de las Áreas Protegidas, se seleccionaron 10 Indicadores (de hasta 50 de algunas metodologías) que describen lo que debería suceder en el AP a lo largo del tiempo, según los Criterios principales del Ámbito de la Gestión y Administración. Incluso, considerando solamente el nivel mínimo que debería cumplirse para cada Indicador, es decir: conocer si se cumple el mínimo del mínimo (ver sección Metodología).
Los resultados fueron claros y contundentes: para el año 2019 ninguna de las 28 APs bajo responsabilidad del Gobierno Provincial estudiadas, llegó a cumplir el nivel más bajo de los 10 indicadores principales, por lo cual ninguna de ellas se encuentra implementada. Solo dos de ellas alcanzaron el nivel de Cercanas a Implementarse Mínimamente: la Reserva de Uso Múltiple “Bañados del Río Dulce y Laguna Mar Chiquita”, y la Reserva “Tau” (de las cuales esta última es co-administrada con un Municipio).
Para la obtención de estos resultados se analizó: la situación de correcta declaración legal vigente del AP, mencionando claramente Objetivos y Categoría de Manejo; la existencia de la delimitación espacial de cada una de ellas; el tipo y cantidad de personal del que disponen; existencia de una edificación de administración, caminos de acceso y mínimamente un vehículo como equipamiento esencial; el poseer presupuesto de financiamiento en ejecución; y la existencia de un Plan de Gestión (o Manejo) que incluya la Zonificación que clarifique donde se aplican las decisiones tomadas en cada AP.
¿Por qué no es suficiente declarar legalmente la creación de un AP para considerarla implementada?
Pensar que solo el acto administrativo legal de creación de una Reserva o un Parque solucionará las amenazas al patrimonio, los ecosistemas y la vida de comunidades locales, entre otros aspectos no solo puede ser ingenuo, sino una herramienta deliberadamente mal usada para generar marketing político ambiental, o “lavado de cara verde” (green wash) de una gestión político partidaria puntual. Esto atenta peligrosamente contra el espíritu y el propósito genuino de gestionar ambientalmente un territorio que tienen las APs, y elude la enorme responsabilidad política y social de que la misma funcione como herramienta de abordaje de nuestros conflictos y solución de nuestros problemas ambientales. Crear un AP mediante un instrumento legal es necesario para darle nacimiento, pero no es suficiente para asegurar su implementación.
Si un AP no funciona integralmente -en lo mencionado anteriormente y en una enorme cantidad de aspectos del manejo de los valores naturales y culturales-, no solo adquiere el carácter de “Reserva o Parque de papel” -lo que nos lleva a descreer de ellas-, sino que además estamos dándole la espalda a la grave crisis ambiental y política en que nos encontramos, y permitiendo que los intereses económicos de sectores hegemónicos primen por sobre nuestra salud y la de la naturaleza.
Las APs no implementadas finalmente se incendian, desmontan, degradan, se urbanizan y se contaminan, y así sus ecosistemas prioritarios se pierden. La falta de inversión en APs para que no cumplan sus objetivos, es una clara posición de que la política ambiental no les interesa a nuestros gobiernos y entregan nuestros territorios a la especulación económica.
Te invitamos a recorrer la Plataforma MAP para conocer más acerca de este estudio y descargar diferentes contenidos.
Podés acceder al informe completo Situación de las Áreas Protegidas de la Provincia de Córdoba desde este link, o ver solo la metodología aquí.